Derecho de pernada: entre la realidad y el misticismo / droit de cuissage
Cultura Integral II
Mtro. Joaquín Del Río
Derecho de pernada: entre la realidad y el misticismo.
El derecho de pernada también conocido como ius primae noctis es un derecho feudal en la Edad Media (E.M.) que teóricamente establecía la potestad señorial de tener relaciones sexuales con toda doncella, sierva de su feudo, recién casada con otro siervo suyo.
La E.M. tan lejana y controversial es en la conciencia colectiva rodeada de un espectro bárbaro debido a la falta de conocimiento histórico preciso sumado a la actual divulgación que se le da en las películas de Hollywood. Vista como una edad bárbara, una era en la cual el abuso de poder era frecuente, en donde el más fuerte y/o cercano a dios gozaba de libertad para satisfacer las necesidades más oscuras de su alma. Así es como el derecho de pernada pasea entre el “mito”, el abuso sexual, el abuso de poder, la denuncia poética de una realidad social.
Este “derecho” esta rodeado de incertidumbre en su real ejecución. La primera vez que fue evocado fue por el jurisconsulto Jean Papon que ha dado a los señores de la Edad Media, o el derecho a pasar “una pierna desnuda” en la cama de la novia, o la de consumar el matrimonio. En los siglos XVIII y XIX, los escritores e historiadores como Voltaire en Ensayo sobre la moral y Jules Michelet, han acreditado esta tesis. Pero todo esto en documentos de ficción. De hecho, la historiografía reciente ha demostrado la ausencia de cualquier documento anterior al siglo XVIII que acredite su existencia o su legalidad. Varios estudios sobre el tema son unánimes para rechazar la existencia de este "derecho". Las pruebas habituamente presentadas amalgaman un amplio conjunto de referencias y textos muy variados, algunos, pocos en número, son de contenido pertubador. Pero la mayoría de estas “pruebas” son un engaño proveniente de la mistificacion pura y simple. Si hay un silencio bastante general sobre el derecho de pernada en las